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Requisitos para acceder a la Ley de Segunda Oportunidad

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Seguramente hayas escuchado hablar de esta ley, o incluso haya rondado en tu cabeza la idea de acogerte a ella haya en algún momento de estrés financiero. Si es así, debes conocer los requisitos para acceder a la Ley de Segunda Oportunidad y lograr cancelar todas tus deudas.

¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo de ayuda para todo tipo de entidades físicas y jurídicas que se encuentran en un estado de insolvencia (o prevén que lo van a estar próximamente) y que se ven incapacitados para continuar pagando las cuotas de sus deudas con una frecuencia normal.

Esta viene recogida en el BOE y se encuentra regulada por la Ley 25/2015 que establece las pautas de un procedimiento destinado a la eliminación de deuda. En este artículo te explicaremos cuáles son los requisitos que debes cumplir para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Cómo funciona esta ley?

El proceso de esta ley se divide mayormente en tres etapas diferentes:

1. Fase de estudio previo

Primeramente hay una fase previa de estudio del caso, en la que se analiza si el deudor y la deuda en cuestión cumplen con las características necesarias para poder optar a este procedimiento con las máximas garantías. Si es así, se presenta la solicitud para iniciar el procedimiento.

Si es un particular, esto se realiza ante el Notario de la localidad, y en el caso de autónomos y empresas, se formaliza a través del Registro Mercantil de la localidad o de la Cámara de Comercio del gremio en cuestión. A partir de aquí se asigna a un mediador concursal que intervendrá en el procedimiento para que deudor y acreedores lleguen a un acuerdo.

2. Acuerdo extrajudicial de pagos

En esta fase se inician las negociaciones entre ambas partes, que intercambian propuestas en las que se recogen quitas y esperas. Gracias a ello, se puede lograr una cancelación de deuda de más de un 60%. El resto de esta deuda se continúa pagando en cuotas mensuales, trimestrales o anuales reducidas y en un máximo de 10 años. Para llegar a este punto es necesario que la mayor parte de los acreedores acepten la propuesta. Si no la hubiera, el proceso continúa a la fase judicial de exoneración de deuda.

En este sentido, suele haber una buena predisposición de las entidades bancarias a aceptar esta reducción en las cuotas, ya que de lo contrario se arriesgan a dejar de cobrar una cantidad superior en la siguiente fase del proceso.

3. Exoneración de deuda por vía judicial

En esta fase se presenta el requerimiento correspondiente para solicitar la exoneración de deuda. Por ello, se liquida el patrimonio del deudor con el objetivo de pagar la mayor parte de deuda posible. Si tras esto, aún existe deuda pendiente por insuficiencia de masa, se elimina el resto de deuda judicialmente a través del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Para aplicar el tan conocido BEPI, es necesario haber actuado con buena fe durante el proceso (a continuación veremos qué significa esto último).

¿Quién puede optar a esta ella?

Acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad no tiene límites en cuanto al tipo de deudor que la necesite, y es que desde su entrada en vigor en 2015 se cuentan por decenas de miles los particulares, autónomos y empresas que han iniciado este procedimiento.

¿Qué condiciones debo cumplir?

Tal como recoge el artículo 178 bis de la Ley Concursal, necesitas una serie de requisitos para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad con las máximas garantías:

Actuar de buena fe

Este aspecto es indispensable para poder eliminar tus deudas. Cuando hablamos de buena fe nos referimos a que debes mostrarte abierto a llegar a un acuerdo con los acreedores en todo momento. También influye tu predisposición para satisfacer la deuda en la medida de lo posible. También se considera buena fe no contraer más deuda ni tampoco vender ningún bien (se consideraría un delito por alzamiento de bienes) desde que inicias el procedimiento.

Tener al menos dos deudas

Ya sean hipotecas, créditos, préstamos, deudas públicas, tarjetas… todos ellos pueden incluirse en el procedimiento hasta un máximo de 5 millones de euros. Es cierto que no existe un mínimo, pero se recomienda que la deuda sea superior a 15 mil euros para que sea rentable para el deudor.

No haber cometido determinados delitos

Un requisito indispensable es no haber sido declarado culpable por delitos socioeconómicos, de patrimonio, ni por robo o falsificación documental, o delitos contra Hacienda, la Seguridad Social o los derechos de los trabajadores. Se contemplan los 10 años anteriores.

Satisfacer una parte de la deuda

El procedimiento, en el que se lleva a cabo la liquidación de bienes del deudor debe satisfacer al menos los créditos contra la masa, los créditos privilegiados y mínimo el 25% de los ordinarios.

No haber rechazado una oferta laboral adecuada

Entendemos como adecuada aquella oferta de empleo que se ajuste a la capacidad y formación de la parte deudora. Se tienen en cuenta los últimos 4 años.

No ser el culpable del proceso

Dicho de otra forma, que no haya mediado dolo o culpa grave. El deudor además debe haber proporcionado toda aquella documentación necesaria para el devenir del proceso.

No haberse acogido a este procedimiento con anterioridad

Durante los 10 años anteriores.

Aceptar expresamente su inclusión en el Registro Público Concursal

Siendo así pública su situación económica para todas aquellas entidades que estén interesadas en saberlo.

Cormeum te acompaña en el procedimiento

Como hemos podido ver en este artículo, el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad pasa a través de diversas fases. Este puede llegar a tener una duración total de más de un año. Por ello, es importante la presencia de un abogado experto que te acompañe durante todos los pasos y te dé todo el apoyo documental necesario.

Con Cormeum contarás con un equipo profesional especializado en la materia que te asesorará desde el primer minuto. Nuestro bufete le dará el enfoque jurídico necesario para defender tus intereses con las máximas garantías. Con nuestros abogados contarás además con unos interlocutores que tienen una gran experiencia negociando con las entidades bancarias, para que logres la reducción en las cuotas que necesitas.

Si cumples todos los requisitos para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad, podrás lograr unas cuotas mucho más coherentes y realistas, adaptándose a tu situación financiera en una primera fase, o buscar la eliminación del máximo de deuda posible en la segunda.

Si quieres saber más acerca de la Ley de la Segunda Oportunidad o necesitas un presupuesto personalizado, puedes llamarnos al 932 71 35 56 o escribirnos a través del siguiente formulario.

 

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