Icono del sitio Cormeum Legal

Procedimiento monitorio para la reclamación de deudas

procedimiento-monitorio-reclamacion-deudas

En ocasiones, podemos encontrarnos con dificultades que nos impidan seguir pagando nuestras deudas. La hipoteca, el crédito del coche, préstamos personales, tarjetas… Hacer frente a todos estos gastos a veces es tarea imposible y nos vemos obligados a dejar de pagar algunos de ellos. Es en este punto cuando empiezan a acumularse cuotas atrasadas, y los acreedores empiezan a apretarnos. Uno de los mecanismos de los que disponen es el procedimiento monitorio para la reclamación de sus deudas.

¿En qué consiste un procedimiento monitorio?

Un procedimiento monitorio es un mecanismo que permite, a través de la vía civil, la reclamación de deudas, siendo la solución más rápida a la hora de exigir el pago de las cuotas que no se hayan satisfecho según lo pactado. Como tal, es una herramienta para todo tipo de acreedores que ven que sus deudores no cumplen con sus obligaciones.

Con este procedimiento se exige al deudor el pago de la deuda de forma voluntaria. En caso contrario, se iniciará la vía judicial. En caso contrario, el deudor se arriesga a ser embargado de sus bienes para pagar la deuda en cuestión.

¿Qué tipos de deuda se pueden reclamar con este sistema?

El proceso monitorio es ideal para aquellos acreedores que desean solicitar el pago de determinadas deudas. Para ello, estas deudas han de ser:

Me deben dinero, ¿cómo puedo iniciar este procedimiento?

Si te deben dinero y reúne las características que comentábamos anteriormente, puedes iniciar el procedimiento monitorio para la reclamación de deudas.

A grandes rasgos podemos determinar que el proceso tiene dos fases principales. En la primera de ellas, la fase declarativa, se limita a determinar la existencia de la deuda, así como de cuantificarla. Si tras esto, el deudor no paga de forma voluntaria las cuotas exigidas, se procede a la segunda fase. En esta fase, denominada ejecutiva, se procede a embargar todo el patrimonio del deudor necesario para satisfacer la deuda.

El inicio del procedimiento se formaliza entregando la documentación necesaria ante el Decanato de la localidad, o ante el Servicio Común de Registro y Reparto. Entre esta documentación se incluyen contratos firmados por el deudor, facturas, albaranes u otros documentos que demuestren la existencia de la deuda. También se pueden incluir certificaciones de impago y documentos que oficialicen la relación comercial que tienen deudor y acreedor.

Tras ser presentada, sometida a revisión y aceptada por el juez asignado, se formalizará un requerimiento que recibirá el deudor en su domicilio y que le exigirá judicialmente el pago de la deuda. A partir de aquí el deudor tiene un máximo de 20 días para realizar el pago, de lo contrario se procederá a la fase ejecutiva.

¿Y si soy el deudor? ¿Qué puedo hacer?

Si eres el deudor, puedes encontrarte con alguna de las siguientes situaciones:

¿Puedo ir a juicio?

Sí, es posible que se llegue a celebrar un juicio monitorio en el caso de que deudor se niegue a abonar la cantidad de la deuda que se le exige. La función de este acto no es otra que resolver todas aquellas cuestiones del caso y demostrar que realmente existe esta deuda en cuestión. El juicio contará con la intervención de los abogados de cada parte y la recopilación de pruebas de la existencia de la deuda.

La Ley de la Segunda Oportunidad para casos más extremos

Como deudor debes saber de la existencia de la Ley de la Segunda Oportunidad para casos con deudas más elevadas. Esta ley, aparece recogida en el BOE y está regulada por la Ley 25/2015. La Ley de la Segunda Oportunidad es una herramienta de ayuda para familias, autónomos y empresas insolventes que, dada una situación económica delicada, no pueden pagar las cuotas de las deudas con la frecuencia normal.

El procedimiento consta de dos fases principales:

Con Cormeum tienes las máximas garantías

Tanto si te enfrentas a un proceso monitorio en el que te exigen el pago de unas deudas que consideras que no te corresponde pagar, o directamente quieres acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad y eliminar esas deudas, Cormeum es tu mejor asesor.

Nuestro equipo de profesionales expertos en Derecho Bancario te ayudará durante todos los trámites para que consigas defender tus intereses y elimines tus deudas definitivamente. Siempre recibirás un trato totalmente personalizado, y ahondaremos en tu caso para lograr el mayor beneficio posible para ti.

Si deseas más información sobre tu caso en particular o quieres solicitar un presupuesto personalizado, no dudes en escribirnos mediante el siguiente formulario de contacto, o llamándonos al número  932 71 35 56.

 

Salir de la versión móvil