Cliente recupera los intereses abusivos de su tarjeta Wizink

Las tarejtas revolving son aquellas que suelen ser gratis de por vida, que se elije la cantidad de cuota a pagar mes a mes para la conveniencia del cliente, tienen desuentos en establecimientos, compras, seguros, etc.

Pero por contra, suelen tener intereses abusivos. Es aquí donde los abogados especializados de Cormeum pueden actuar y recuperarlos. No importa si aún estás pagando o terminaste, se puede recurrir y reclamar lo que es tuyo.

A continuación adjuntamos un caso de éxito de una sentencia ganada.

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SENTENCIA Nº XXXXXX

 

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. XXXXXXXXXXX

Lugar: Torrejón de Ardoz

Fecha: 30-12-2020

 

Vistos por XXXXXXXXXXXXXXX, Magistrada Juez sustituto del Juzgado de 1a. Instancia no 1 de Torrejón de Ardoz los autos de juicio ordinario, señalados con el número XXXXX, seguidos a instancias del Procurador D. XXXXXXXXXX en nombre y representación de D. XXXXXXXXXXX, asistido por el Letrado D. XXXXXXXXXX , contra WIZINK BANK, S.A.U. representado por la Procuradora Da. XXXXXXXXXX, y asistido del Letrado XXXXXXXXX.

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

1º.- Con fecha 13/07/2020, por el Procurador D. XXXXXXXXXXXXXX, en la representación referida, se dedujo demanda contra WIZINK BANK, S.A.U. , solicitando se declare la nulidad absoluta y radical del contrato de fecha 27 de enero de 2014 por estipular un interés superior al normal del dinero , y acuerde : A) La devolución de las cantidades pagadas de más a través de la prueba a practicar se determine. B) La anulación de las cantidades pendiente de pago que existan en base a este contrato y que resulten de la práctica de la prueba . Todo ello con expresa condena en costas a la demandada.

 

2º.- Con fecha 30/09/2020 por la Sr. Letrado de la Administración de Justicia de este Juzgado se dictó Decreto por el que se admitía la demanda deducida, acordándose en la misma resolución conferir traslado a la demandada para que la contestara en el término al efecto legalmente prevenido.

 

3o.- Dentro del término conferido, por la Procuradora Da. XXXXXXXXXXXXX, actuando en representación de la parte demandada, presentó escrito de fecha 03 de noviembre de 2020 allanándose a la petición de la demanda respecto de la solicitud de nulidad del contrato por entender la actora que el interés remuneratorio es usurario, dando traslado a la parte actora, que mostró su conformidad al allanamiento presentado de adverso sobre las pretensiones a las que se allana la demandada, en el sentido de la nulidad del contrato por entender usurarios los intereses remuneratorios pactados, así como de la devolución de las cantidades consecuencia de su aplicación , alegando que se acoja el allanamiento, según las manifestaciones y precisiones formuladas en su escrito, con condena en costas. Teniendo en cuenta los escritos de las partes y su manifestaciones quedaron conclusos los autos para resolución .

 

[FUNDAMENTOS DE DERECHO]

 

Por cuanto antecede, y vistos los artículos citados y demás de general y pertinente

aplicación al caso de autos,

 

FALLO

 

Que debo estimar y ESTIMO en lo principal la demanda deducida por el Procurador D. XXXXXXXXXXXX en nombre y representación de D. XXXXXXXXXXX, asistido por el Letrado D. XXXXXXXXX, contra WIZINK BANK, S.A.U. representado por la Procuradora Da. XXXXXXXXXX, y asistido del Letrado D. XXXXXXXXXX, y en su virtud debo declarar y DECLARO que el interés remuneratorio impuesto al consumidor en el contrato de tarjeta de crédito de fecha 27 de enero de 2014 es usurario, lo que determina la NULIDAD DEL CONTRATO, de acuerdo con la Ley de Represión de la Usura de 23 de julio de 1908, declarando la obligación de las partes como consecuencia de esa declaración en los términos señalados en el Fundamento de Derecho Tercero, con expresa condena en costas a la parte demandada. 

 

Así por esta mi Sentencia juzgando en primera instancia, lo pronuncio y firmo.

 

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la notificación, para que sea resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

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